JurídicoESEN
Order (Auto)August 28, 2019

A- de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant Tatiana Rocio Peña Trujillo·Respondent Coordinacion Judicial De Riohacha

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Principio Perpetuatio Jurisdictionis
  • Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Maicao (Guajira), la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, la Sala de Decisión Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha y el Tribunal Administrativo de la Guajira.

En este caso el Juzgado precitado, a pesar de haber admitido la tutela, se declaró incompetente porque consideró que el Tribunal Superior de Riohacha a la hora de resolver la posible impugnación, podría llegar a declarar la nulidad del trámite surtido, toda vez que hace parte de los sujetos vinculados al proceso y podría tener interés en la solicitud de amparo, por ser el nominador de la accionante.

Considera la Corte que esta autoridad desconoció el principio de la perpetuatio jurisdictionis y que la justificación que esgrimió no se cimentó en un factor de competencia.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Maicao (Guajira), para que de manera inmediata tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.

Se previene a esta autoridad para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corporación en torno a los conflictos de competencia.

Al Tribunal Superior de Riohacha se le advierte que los conflictos de competencia deben ser resueltos, en principio, por las autoridades establecidas en la ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia constitucional, expuestas en la presente providencia y en el Auto 550/18.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 14 de mayo de 2019, que profirio el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo del Circuito de Maicao (Guajira), mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela presentada por la ciudadana Tatiana Rocio Pena Trujillo contra la Coordinacion Judicial de Riohacha, Guajira.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3713 al Juzgado
  4. Primero. Promiscuo del Circuito de Maicao (Guajira) para que, de forma inmediata, tramite y profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado.
  5. Tercero. PREVENIR al Juzgado
  6. Primero. Promiscuo del Circuito de Maicao (Guajira) para que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  7. Cuarto. ADVERTIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, Sala de Decision Civil-Familia-Laboral, que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  8. Quinto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte accionante y a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, la Sala de Decision Civil- Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha y el Tribunal Administrativo de la Guajira, la decision adoptada en esta providencia
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.